Licencia de zarpe

Zarpe del buque: Zarpe es la acción de una nave de largar amarras o levar anclas para abandonar el puerto. La Autoridad Marítima de Panamá es responsable por la explotación de los puertos nacionales y ejerce su jurisdicción en los recintos portuarios que incluyen las aguas de los puertos y sus accesos. La autorización para zarpar será emitida por la autoridad responsable del puerto en el que zarpe, para tal efecto el capitán del buque o el agente marítimo, presentará al administrador de aduanas del puerto respectivo, los conocimientos de embarque y un manifiesto de la carga recibida en donde solicitará el zarpe y previamente recibirá el pago correspondiente. Si concluida la descarga de un buque, éste no tiene que recibir carga o lastre, ni repararse de averías, el agente marítimo pedirá a la autoridad encargada, la correspondiente autorización para zarpar. Emisión de Zarpe Un permiso de Zarpe para que la embarcación pueda salir a realizar la faena. Requisitos * De...